Por qué he usado Coloriuris para esta web

Bueno, pues como hubo una consulta en los comentarios del post en el que decía que adoptaba el contrato de cesión de derechos de Coloriuris para este sitio web, frente a las licencias Creative Commons, he querido poner este post, a modo de explicación didáctica.

Leyenda:

  • CC: Creative Commons
  • CI: ColorIuris
  1. CC son autorizaciones unilaterales (“licencias”… como una licencia de caza, de obras… sólo que en el ámbito privado, lo que en derecho español no es fuente obligaciones), en tanto que CI son contratos de cesión de derechos donde hay un objeto (las anotaciones del sitio web, por ejemplo), una causa (la liberalidad del cedente) y un consentimiento de las dos partes, el cedente y el cesionario (aquel que acepta mi contrato).
  2. CC no tiene un texto personalizado, en CI cada contrato identifica el contenido (en mi caso el webblog) objeto del contrato.
  3. En CC el usuario no tiene forma de acreditar que el contenido era libre. En CI, aparte poder guardar/ imprimir el contrato, el cedente y el cesionario reciben un e-mail con una prueba del contrato celebrado, y el tercero de confianza guarda una tercera copia del mismo (con fecha y hora), y emitirá un certificado a solicitud de cualquiera de las partes.
  4. En CC el creador tiene que esperar a que Google le cuente si han utilizado su obra, y si lo han hecho de acuerdo a sus deseos, en CI existe más seguridad de que quien acepta el contrato lo haga según ha pactado… y quien no acepte rige para él la LPI en todo su esplendor.
  5. Es complicado que un usuario normal pueda ponerse en contacto con Lessig… o con el actual presi de CC (el empresario japonés Joi Ito). Sin embargo el equipo de CI son bastante más accesibles.
  6. CC deja bien claro que no es responsable por sus contratos. En CI asumen su responsabilidad.
  7. CC en su página web deja bien claro que son titulares de la marca y, aunque a priori parece poco probable podrían en un futuro exigir regalías por usar su marca, en CI se pone a disposición del cedente una licencia de uso de la marca CI.

Más información para quien esté interesado: ColorIURIS: «nuestros» derechos en la Red.

Comentarios

  1. Estupenda aclaración, o explicación didáctica.

    Me da a mí que somos bastantes los que no teníamos claro las diferencias entre las dos opciones.

    Muchas gracias!

  2. Carme: me alegro de que te haya servido :-)

  3. Otro que agradece la explicación. Sin duda que hay que ponerle más atención a CI.

  4. Pues yo lo hice por influencia. Pero dicho así, me alegro de la elección

  5. Daniel, gracias por la explicación, me temo que me has convencido :)

  6. Lo dicho, Dani, me has convencido y para mi nuevo blog (Web es móvil), utilizo esta licencia desde ya :)
    Gracias por toda la información y recursos externos.

  7. Manual Trackback:

    http://thestromboliproject.com/blog/coloriuris-legalidad-y-nntt/

    Libro en pdf para descargar!

  8. Vaya.. he duplicado el trackback, lo siento.

  9. Muy interesante la información voy a echar un vistazo

  10. Me alegra encontrar un post que me ayude a entender la diferencia entre CC y CI. Yo uso ColorIuris en mi blog porque uno de mis mejores amigos hace parte del equipo CI Colombia. Pero la verdad es que jamás me supo explicar lo de la ilegalidad de CC en España. Se supone que en Colombia también son ilegales, pero la verdad no lo he estudiado a fondo. De todas formas agradezco la ilustración sobre el tema. De verdad, muchas gracias!!!

  11. Acabo de encontrar algo que creo que no comentaste y que es importante en cuanto al último punto (7)

    ————————–
    ColorIURIS, A.I.E. es títular de la marca mixta COLORIURIS, … y concede a vd. (en adelante el licenciatario) una licencia de uso de la marca no exclusivo, por un periodo de —>un año natural, renovable por igual periodo de tiempo<— salvo denuncia de las partes, y ámbito mundial con arreglo a las siguientes condiciones:
    ————————–
    Fuente: http://www.coloriuris.net/es:licencia_uso_marca
    ¿Hay que renovar cada año? ¿Renovación sin coste?

    ————————–
    ColorIURIS Autogestión para sitios web, ColorIURIS Autogestión Original para anotaciones de texto (post´s) y la licencia de uso de marca son servicios gratuitos.
    ————————–
    Fuente: http://www.coloriuris.net/es:condiciones_contratacion
    Libros, música, etc,etc no :(

    Bueno un saludo Daniel y gracias por todo!

  12. Hola Raúl,

    si la memoria no me falla ésto ya lo respondimos cuando lo preguntaste en un correo-e :)

    La licencia de marca es y será GRATUITA; pero, a diferencia de otras “soluciones” en ColorIURIS nos comprometemos por escrito para mayor seguridad jurídica de nuestros usuarios mediante un contrato.

    El resistro, sellado y asignación de acuerdos de licencia ColorIURIS para libros, música, videos … tiene un coste (muy reducido, hasta el punto que hemos tenido que agruparlo en bonos, pero regalamos 35 puntos para que todo el mundo pueda probar el sistema). ColorIURIS para sitios web es y será siempre gratis.

    ¿es ésto lo que te respondimos a tu consulta?

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